Artículo 51 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno de la Ciudad de México tienen que asegurarse de que los niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas de algún delito reciban mochilas, útiles y uniformes escolares. Esto es para que puedan estudiar en condiciones dignas y no tengan que dejar la escuela. Cada dependencia debe hacerlo dentro de lo que le toca según su trabajo. La idea es que ningún menor víctima se quede sin lo necesario para ir a clases.
Texto oficial
Artículo 51.- Las instancias e instituciones del Gobierno de la Ciudad de México, en el marco de su competencia, deberán garantizar que las víctimas que pertenezcan al grupo etario de niñas, niños y adolescentes, cuenten con los paquetes escolares y uniformes, para garantizar las condiciones dignas y su permanencia en el sistema educativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.