Artículo 62 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un niño, niña o adolescente es víctima de un delito, tiene derecho a recibir una compensación económica. Los papás, tutores o alguien que lo represente legalmente pueden pedir ese dinero por él. La autoridad judicial siempre va a ordenar que ese dinero se guarde en un fondo o fideicomiso que dé los mejores rendimientos financieros de los últimos seis meses. Y ese dinero solo se le entregará al niño o niña cuando cumpla los 18 años.
Texto oficial
Artículo 62.- Las niñas, niños y adolescentes menores víctimas tienen el derecho a obtener una indemnización o compensación. Las madres, padres, tutores, representantes legales o en su defecto, la autoridad competente, podrán elevar la solicitud, como representantes legales de la niña, niño o adolescente, de la compensación a la que ellos tengan derecho. La autoridad judicial u órgano competente ordenará, en todos los casos, la constitución de un encargo fiduciario o fondo establecido a favor de la persona beneficiaria, asegurándose que se trate del que haya obtenido en promedio los mayores rendimientos financieros en los últimos seis meses. La suma de dinero les será entregada una vez que cuenten con la mayoría de edad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.