Artículo 64 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien es víctima de un delito o de una violación a sus derechos humanos, el gobierno le puede dar una compensación económica, pero solo una vez. Esa cantidad debe ser de al menos 50 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización, que es como un valor de referencia que usa el gobierno) y no puede pasarse de 1500 veces esa misma unidad. En otras palabras, te pagan un solo pago y el monto tiene un piso y un techo definidos por ley.
Texto oficial
Artículo 64.- La compensación subsidiaria a la víctima de delito o de violación a derechos humanos, será otorgada por una sola ocasión; se establecerá que la misma tendrá que otorgarse observando un mínimo de 50 y un máximo de 1500 veces la Unidad de Medida y Actualización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.