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Artículo 64 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien es víctima de un delito o de una violación a sus derechos humanos, el gobierno le puede dar una compensación económica, pero solo una vez. Esa cantidad debe ser de al menos 50 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización, que es como un valor de referencia que usa el gobierno) y no puede pasarse de 1500 veces esa misma unidad. En otras palabras, te pagan un solo pago y el monto tiene un piso y un techo definidos por ley.

Texto oficial

Artículo 64.- La compensación subsidiaria a la víctima de delito o de violación a derechos humanos, será otorgada por una sola ocasión; se establecerá que la misma tendrá que otorgarse observando un mínimo de 50 y un máximo de 1500 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.