Artículo 73 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un delito o una injusticia afecta a todo un grupo de personas o a una comunidad, se toman medidas especiales para reparar el daño y restaurar la convivencia entre la gente. El objetivo es ayudar a reconstruir la confianza y las relaciones que se rompieron, a través de actividades y herramientas que reparen el daño sufrido por todos. Esto incluye desde talleres hasta acciones que busquen sanar el ambiente y evitar que la violencia o el daño vuelvan a pasar. En pocas palabras, no se trata solo de castigar al responsable, sino de trabajar juntos como comunidad para recuperar la paz y la unión.
Texto oficial
Artículo 73.- En casos de afectaciones colectivas y/o comunitarias, se adoptarán acciones especiales para la reconstrucción del tejido social, las cuales tendrán como objetivo establecer actividades y buscar herramientas que contribuyan a la reparación del daño causado por el hecho victimizante en espacios colectivos. CAPÍTULO VI MEDIDAS DE NO REPETICIÓN
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