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Artículo 79 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que se va a crear un sistema especial del Gobierno de la Ciudad de México para ayudar a las víctimas de delitos. Este sistema va a coordinar y diseñar todos los planes, servicios y acciones que se necesiten para apoyar a las víctimas. Su trabajo es asegurarse de que las víctimas reciban atención, protección, justicia y también que se les repare el daño que sufrieron. En pocas palabras, es como un equipo encargado de que todo el gobierno trabaje junto para cuidar y apoyar a quienes han sido víctimas.

Texto oficial

Artículo 79.- Se crea el Sistema de Atención Integral a Víctimas de la Ciudad de México, como una instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas, la cual tendrá por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás políticas públicas que se implementen para la ayuda, atención, asistencia, protección, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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