Artículo 79 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que se va a crear un sistema especial del Gobierno de la Ciudad de México para ayudar a las víctimas de delitos. Este sistema va a coordinar y diseñar todos los planes, servicios y acciones que se necesiten para apoyar a las víctimas. Su trabajo es asegurarse de que las víctimas reciban atención, protección, justicia y también que se les repare el daño que sufrieron. En pocas palabras, es como un equipo encargado de que todo el gobierno trabaje junto para cuidar y apoyar a quienes han sido víctimas.
Texto oficial
Artículo 79.- Se crea el Sistema de Atención Integral a Víctimas de la Ciudad de México, como una instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas, la cual tendrá por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás políticas públicas que se implementen para la ayuda, atención, asistencia, protección, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.