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Artículo 83 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que el Sistema de Atención pueda sesionar, se necesita que esté presente más de la mitad de sus miembros. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los asistentes. Si el presidente del Sistema no puede asistir, lo reemplaza la persona a cargo de la Secretaría de Gobierno. Cada miembro puede mandar a un representante que tenga facultad para decidir. Y si hay empate en una votación, el presidente tiene el voto decisivo para romperlo.

Texto oficial

Artículo 83.- Para las reuniones del Sistema de Atención el quórum se conformará con la mitad más uno de sus integrantes. Los acuerdos se tomarán por la mayoría de los integrantes presentes con derecho a voto. En sus ausencias el Presidente del Sistema de Atención será suplido por la persona Titular de la Secretaría de Gobierno. Los integrantes del Sistema de Atención podrán designar a un representante con poder de decisión. En caso de empate, la persona que preside el Sistema de Atención tendrá voto de calidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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