Artículo 92 de la LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación de la Ciudad de México tiene que asegurarse de que las víctimas de un delito puedan seguir estudiando, aunque el delito les haya interrumpido sus clases. También debe darles apoyos como becas completas, uniformes, útiles y libros gratis para que no dejen la escuela. Además, la Secretaría tiene que ayudar a que las víctimas puedan inscribirse y entrar a programas educativos, incluso sin pagar las cuotas de examen o título. Por último, junto con el sistema DIF de la ciudad, debe crear cursos de capacitación para que las víctimas puedan reintegrarse a la sociedad y cumplir sus metas de vida.
Texto oficial
Artículo 92.- Corresponde a la Secretaría de Educación de la Ciudad de México, de conformidad con su competencia y lo dispuesto en la Ley General y esta Ley, las atribuciones siguientes: I. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones que garanticen el acceso de las víctimas a la educación y su permanencia en el sistema educativo, si como consecuencia del hecho victimizante se interrumpen los estudios; II. Garantizar que la educación permita a las víctimas incorporarse con prontitud a la sociedad y en su oportunidad; III. Desarrollar y ejecutar programas de apoyo social que incidan en el proceso educativo, tales como el derecho a recibir becas completas de estudio en instituciones públicas; la entrega de paquetes escolares y uniformes; y el acceso a los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos complementarios; IV. Desarrollar y ejecutar programas de apoyos para que las víctimas participen en los procesos de selección, admisión y matrícula que les permitan acceder a los programas académicos ofrecidos, para lo cual propondrán medidas de exención del pago de formulario de inscripción y de derechos de grado; y, V. Fomentar, en conjunto con el Sistema DIF-CDMX, programas de educación orientados a la capacitación y formación de las víctimas con el fin de garantizar su plena reintegración a la sociedad y la realización de su proyecto de vida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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