Artículo 34 de la LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Secretaría Técnica es elegido y puede ser despedido por el grupo que dirige la Secretaría Ejecutiva, pero se necesita que 5 de sus miembros voten a favor. Su puesto dura 5 años y no puede repetirlo. Para escogerlo, el presidente de ese grupo, con el visto bueno del Comité de Participación Ciudadana, debe proponer una lista de 3 candidatos que cumplan con los requisitos de la ley. Lo pueden quitar si no hace bien su trabajo, por una razón muy justa que la mayoría apruebe, o por estos casos: usar información privada para su beneficio o el de otros, esconder, destruir o robar documentos de su cargo, o cometer una falta grave o acto de corrupción.
Texto oficial
Artículo 34. La persona titular de la Secretaría Técnica será nombrada y removida por el órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva, por el voto favorable de cinco de sus integrantes. Durará cinco años en su encargo y no podrá ser reelegida. Para efectos del párrafo anterior, la persona que ocupe la Presidencia del órgano de gobierno, previa aprobación del Comité de Participación Ciudadana, someterá al mismo una terna de personas que cumplan los requisitos para ser designadas Secretarias Técnicas, de conformidad con la presente Ley. La persona Secretaria Técnica podrá ser removida por falta a su deber de diligencia, o bien por causa plenamente justificada a juicio del Órgano de Gobierno y por acuerdo obtenido por la mayoría de sus integrantes o bien, en los siguientes casos: I. Utilizar, en beneficio propio o de terceros, la documentación e información confidencial relacionada con las atribuciones que le corresponden en términos de la presente Ley y de la legislación en la materia; II. Sustraer, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación e información que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia con motivo del ejercicio de sus atribuciones, e; III. Incurrir en alguna falta administrativa grave o hecho de corrupción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.