Artículo 43 de la LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los integrantes del Sistema de Fiscalización deben crear un sistema en internet (como una plataforma digital) para revisar mejor cómo se gasta el dinero público en la Ciudad de México y coordinarse entre las diferentes dependencias. También tienen que informar al Comité Coordinador sobre cómo van los avances en la revisión del uso de los recursos. Todas las oficinas del gobierno están obligadas a ayudar en todo momento para que este sistema funcione bien. El objetivo es que haya más transparencia, que se controle mejor el gasto y que los resultados beneficien a todos.
Texto oficial
Artículo 43. Para el cumplimiento del objeto del Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México, sus integrantes deberán: I. Crear un sistema electrónico en términos del Título Cuarto de la presente Ley, que permita ampliar la cobertura e impacto de la fiscalización de los recursos públicos, mediante la construcción de un modelo de coordinación entre los entes públicos de la Ciudad de México, e; II. Informar al Comité Coordinador sobre los avances en la fiscalización, control y rendición de cuentas de los recursos públicos. Todos los Entes públicos están obligados a colaborar en todo momento con el Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México para el cumplimiento de su objeto y el desarrollo de sus actividades, a fin de fortalecer la rendición de cuentas, eficientar al máximo la fiscalización gubernamental en todos sus aspectos y potenciar su impacto en el desempeño de la gestión pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.