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Artículo 55 de la LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Coordinador del Sistema Local puede hacer sugerencias a las dependencias del gobierno. Esas sugerencias son públicas, es decir, cualquier persona puede conocerlas, y buscan mejorar la forma de trabajar, las reglas y las acciones de esas dependencias. Todo esto sale del informe que el mismo Comité presenta cada año. Para que una sugerencia sea válida, la mayoría de los miembros del Comité tiene que estar de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 55. Las recomendaciones que emita el Comité Coordinador del Sistema Local a los entes públicos, serán públicas y de carácter institucional y estarán enfocadas al fortalecimiento de los procesos, mecanismos, organización, normas, así como acciones u omisiones que deriven del informe anual que presente el Comité Coordinador. Las recomendaciones deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros del Comité Coordinador.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.