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Artículo 111 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A los trabajadores del gobierno de la Ciudad de México no se les permite viajar en primera clase, recibir bonos o pagos extra, ni tener seguros médicos privados pagados por el gobierno. En lugar de eso, todos deben usar el seguro público que les da la ley, como el del ISSSTE. Solo los policías, bomberos y personal de emergencias pueden tener seguro médico y de vida pagado por el gobierno. Además, solo el Jefe de Gobierno, los secretarios, los alcaldes y los subsecretarios pueden tener un asistente personal llamado "secretario particular", y está prohibido crear puestos con ese nombre. Por último, cada Secretaría solo puede tener cinco asesores como máximo.

Texto oficial

Artículo 111. A ninguna persona servidora pública de la Ciudad de México se le autorizarán viajes en primera clase, bonos o percepciones extraordinarias, gastos de representación ni la contratación de seguros privados de gastos médicos o seguros de separación individualizada, con excepción de los seguros obligatorios que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado establece, todas las personas servidoras públicas recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente. Sólo se podrá autorizar la contratación de seguros de gastos médicos y seguros de vida a las personas servidoras públicas cuya función esté relacionada con la Seguridad Ciudadana, Gestión de Riesgos y Servicios de Emergencia. Solamente contarán con persona Secretaria Particular la persona titular de la Jefatura de Gobierno, las o los Secretarios, las personas titulares de las Alcaldías y las Subsecretarias o puestos homólogos. Queda prohibida la creación de plazas de Secretario Privado o equivalente. Sólo habrá, como máximo, cinco asesores por Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.