Artículo 148 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de la Contraloría (la dependencia que vigila que el dinero público se maneje bien) revisa cómo se están cobrando los ingresos que el gobierno planeó recibir. Si encuentra que algo se puede hacer mejor, tiene que decirle tanto a la oficina que generó ese ingreso como a la Secretaría correspondiente qué observaciones y recomendaciones hacer. Todo esto es para que se cobre de manera más eficiente lo que el gobierno ya tenía previsto recibir. En pocas palabras, es como que un auditor te diga cómo mejorar para juntar la lana que se esperaba.
Texto oficial
Artículo 148. La Secretaría de la Contraloría deberá formular las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes, tanto a la unidad administrativa que haya generado el ingreso, como a la Secretaría con el propósito de mejorar la eficiencia en la recaudación de los ingresos estimados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.