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Ley
LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
152

Artículo 152 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las secretarías, las alcaldías y otras entidades, tienen la obligación de entregarle a la Secretaría de Administración y Finanzas la información sobre su dinero, sus gastos, sus planes y sus cuentas. La Secretaría decide cada cuándo necesita esa información y ellos se la deben pasar sin excusas.

Texto oficial

Artículo 152. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades, suministrarán a la Secretaría con la periodicidad que ésta lo determine, la información presupuestal, programática, contable y financiera que requiera.

Ver texto oficial de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.