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Artículo 167 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada tres meses, las oficinas del gobierno (como dependencias, alcaldías y otras áreas) que hacen trabajos importantes deben entregar un reporte a la Secretaría. Ese reporte se entrega a más tardar el día 15 del mes siguiente al que termina el trimestre. En el reporte deben decir cuánto dinero gastaron y qué tanto avanzaron en sus metas y programas. La Secretaría les dirá exactamente cómo deben hacer ese reporte.

Texto oficial

Artículo 167. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades que participen en la realización de funciones prioritarias reportarán trimestralmente a la Secretaría dentro de los primeros quince días del mes siguiente, las realizaciones financieras y de metas a nivel de programa y actividad institucional que tengan a su cargo, conforme a los requerimientos que para el efecto establezca la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.