Artículo 26 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada del presupuesto) va a emitir las reglas generales para armar los Anteproyectos de Presupuesto (los borradores de cuánto dinero necesita cada área), siguiendo lo que dice esta Ley, su Reglamento y otras normas. Esas reglas deben incluir instrucciones para aplicar el Presupuesto basado en Resultados (que el gasto se relacione con lo que se logra) y usar indicadores de desempeño (mediciones de qué tan bien se hizo el trabajo). Además, todas las dependencias, como Alcaldías y entidades, tienen que asegurarse de que los objetivos de sus borradores de presupuesto estén alineados con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad, tal como lo marca la Ley de Planeación.
Texto oficial
Artículo 26. Las reglas de carácter general para la integración de los Anteproyectos de Presupuesto, serán emitidas por la Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, el Reglamento y demás ordenamientos aplicables. Dichas reglas deberán contener disposiciones específicas para la implementación del Presupuesto basado en Resultados y utilización de indicadores de desempeño. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades garantizarán que los objetivos, fines y propósitos de sus anteproyectos sean congruentes con el Plan General de Desarrollo y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en los términos de la Ley de Planeación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.