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Artículo 48 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Poder Legislativo (los diputados y senadores), el Poder Judicial (los jueces y tribunales) y los Organismos Autónomos (como el INE o la CNDH) deben entregarle a la Secretaría de Hacienda sus planes de gasto para el año siguiente. Tienen que hacerlo máximo 10 días antes de que el gobierno presente el presupuesto general. Además, al hacer sus planes, deben tomar en cuenta los derechos humanos, es decir, que el dinero que pidan sirva para proteger y garantizar los derechos de todas las personas.

Texto oficial

Artículo 48. El Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos Autónomos presentarán a la Secretaría sus proyectos de presupuesto, a efecto de integrarlos al proyecto de Presupuesto de Egresos, a más tardar 10 días naturales antes de la fecha de presentación del mismo. Su proyecto de presupuesto deberá incorporar perspectiva de derechos humanos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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