Artículo 64 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las oficinas del gobierno (como secretarías, alcaldías y demás) tienen que seguir al pie de la letra lo que dice esta ley, su reglamento y otras reglas que apliquen cuando gasten dinero público. No pueden gastar a su antojo, sino que deben cumplir con los pasos y límites que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 64. Para la ejecución del gasto público, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades deberán sujetarse a las previsiones de esta Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.