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Artículo 5 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes todo el derecho de hacer trámites o hablar con el gobierno (como las oficinas de la Administración Pública o las Alcaldías) por internet o usando tecnología común, como el celular o la computadora. Esto significa que no te pueden obligar a ir personalmente a una oficina si prefieres hacerlo en línea. Lo importante es que uses medios que sean fáciles de conseguir, como correo electrónico o páginas web oficiales. Así, el gobierno está obligado a recibir tus mensajes o solicitudes por esos canales.

Texto oficial

Artículo 5. Se reconoce el derecho de las Personas para relacionarse y comunicarse con la Administración Pública y las Alcaldías, mediante el uso de medios electrónicos y tecnologías de la información y comunicación de uso generalizado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.