Artículo 124 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe directo tiene que dar su respuesta al recurso o queja que le hayas presentado al final de la audiencia o, a más tardar, dentro de los siguientes 10 días hábiles (o sea, contando solo los días de lunes a viernes sin contar festivos). Si se pasa de ese tiempo y no te da una respuesta por escrito, se considera que tu queja fue rechazada y que lo que te estaban reclamando sigue igual. En resumen, si no te contestan a tiempo, automáticamente pierdes el recurso.
Texto oficial
Artículo 124.- El superior jerárquico deberá emitir la resolución al recurso, al término de la audiencia de Ley o dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de ésta. Si transcurrido el término previsto en este artículo, el superior jerárquico no dicta resolución expresa al recurso, se entenderá confirmado el acto impugnado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.