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Artículo 124 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe directo tiene que dar su respuesta al recurso o queja que le hayas presentado al final de la audiencia o, a más tardar, dentro de los siguientes 10 días hábiles (o sea, contando solo los días de lunes a viernes sin contar festivos). Si se pasa de ese tiempo y no te da una respuesta por escrito, se considera que tu queja fue rechazada y que lo que te estaban reclamando sigue igual. En resumen, si no te contestan a tiempo, automáticamente pierdes el recurso.

Texto oficial

Artículo 124.- El superior jerárquico deberá emitir la resolución al recurso, al término de la audiencia de Ley o dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de ésta. Si transcurrido el término previsto en este artículo, el superior jerárquico no dicta resolución expresa al recurso, se entenderá confirmado el acto impugnado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.