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Artículo 128 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si presentaste un recurso de inconformidad (que es un tipo de queja formal) y te dan una respuesta que no te gusta, puedes impugnarla. Para eso, tienes derecho a iniciar un juicio de nulidad frente al Tribunal correspondiente. En pocas palabras, si no estás de acuerdo con lo que se resolvió en esa queja, aún puedes seguir peleando el asunto legalmente ante un juez especializado.

Texto oficial

Artículo 128.- Contra la resolución que recaiga al recurso de inconformidad procede el juicio de nulidad ante el Tribunal. TITULO QUINTO DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO UNICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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