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Artículo 16 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los medios de coerción son las herramientas legales que usan las autoridades para obligarte a cumplir la ley, como multarte o detenerte. Este artículo dice que solo pueden usar esas herramientas si están escritas y permitidas claramente en alguna ley o reglamento. Es decir, ninguna autoridad puede inventarse castigos o medidas que no estén ya establecidos por las reglas. Así que, si te aplican una sanción, esa sanción debe tener un fundamento legal visible y previo, no algo que se les ocurra en el momento.

Texto oficial

Artículo 16.- Los medios de coerción deben estar expresamente contemplados y autorizados por las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.