Artículo 20 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 20 ya no existe, fue eliminado de la ley. Significa que lo que decía antes ya no tiene validez ni se aplica. Es como si lo hubieran borrado del reglamento. Por lo tanto, no hay que tomarle en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 20.- Derogado
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.