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Ley
LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
44

Artículo 44 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer algún trámite con el gobierno, todo lo que pidas debe ser por escrito. En ese escrito tienes que incluir: a qué dependencia (como una secretaría o una oficina de gobierno) va dirigido, tu nombre completo o el de tu empresa (y si alguien te representa, los papeles que lo acrediten), una dirección para que te manden notificaciones, qué es exactamente lo que estás pidiendo, una explicación clara y breve de los hechos y razones de tu solicitud, y si aplica, las pruebas necesarias para apoyar lo que dices. También debes señalar si aceptas recibir notificaciones por correo electrónico (y dar tu correo) o si prefieres que te avisen en papel. Al final, pon la fecha, el lugar y tu firma.

Texto oficial

Artículo 44.- Las promociones deberán hacerse por escrito. Cuando la norma aplicable no señale los requisitos específicos, el escrito inicial deberá expresar, acompañar y cumplir con los siguientes requisitos: I. La dependencia o entidad de la Administración Pública a la que se dirige; II. El nombre, denominación o razón social del o de los interesados y, en su caso, del representante legal, agregándose los documentos que acrediten la personalidad, así como la designación de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos; III. El domicilio para recibir notificaciones; IV. La petición que se formula; V. La descripción clara y sucinta de los hechos y razones en los que se apoye la petición; VI. Los requisitos que señalen los ordenamientos jurídicos aplicables, o el Manual, ofreciendo, en su caso, las pruebas cuando sean necesarias, para acreditar los hechos argumentados y la naturaleza del asunto así lo exija; y VII. La autorización o negativa del interesado para recibir notificaciones electrónicas. En caso de que el interesado desee recibir notificaciones electrónicas deberá proporcionar un correo electrónico. VIII. El lugar, la fecha y la firma del interesado o, en su caso, la de su representante legal.

Ver texto oficial de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

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