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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14590/122
Ley
LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
122

Artículo 122 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien se niega a cumplir una orden de un juez, primero se aplican medidas de presión como multas. Pero si aún así no obedece, el juez le avisará a las autoridades penales (como el ministerio público) para que investiguen si cometió un delito. Esto significa que el caso puede pasar de un problema civil o familiar a algo más grave, con posibles consecuencias legales más serias. En pocas palabras: si no respetas una orden judicial, podrías terminar enfrentando un proceso penal.

Texto oficial

Artículo 122. En caso de que pese a la aplicación de las medidas de apremio no se logre el cumplimiento de las determinaciones ordenadas, se dará vista a la autoridad penal competente para que proceda en los términos de la legislación aplicable. Sección Tercera Medidas cautelares

Ver texto oficial de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 22) ↗

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