Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 128 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien está acusado de dañar el dinero o los bienes del gobierno local, las medidas para evitar más daños solo se quitan cuando esa persona paga una garantía (como un seguro o un depósito) que cubra todo el daño hecho y las pérdidas causadas.

Texto oficial

Artículo 128. Las medidas cautelares que tengan por objeto impedir daños a la Hacienda Pública Local, o bien, al patrimonio de los entes públicos sólo se suspenderán cuando el presunto responsable otorgue garantía suficiente de la reparación del daño y los perjuicios ocasionados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.