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Artículo 137 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si durante un juicio aparece una prueba nueva que nadie había presentado antes, el juez debe avisarles a todas las partes involucradas. Les dará tres días para que digan lo que quieran al respecto, como aceptarla o cuestionarla. Es como cuando en un juego sale una carta sorpresa y todos tienen chance de opinar antes de seguir.

Texto oficial

Artículo 137. De toda prueba superveniente se dará vista a las partes por un término de tres días para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.