Artículo 16 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todos los trabajadores del gobierno de la Ciudad de México deben seguir un "código de ética". Ese código es un documento con reglas de buena conducta que será creado por la Secretaría y por los órganos encargados de controlar a los servidores públicos. El objetivo es que se comporten de manera digna y que su trabajo responda a lo que la sociedad necesita. Además, este código debe ser conocido por todos los trabajadores y difundirse lo más posible, incluso publicándose en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que cualquier persona pueda consultarlo.
Texto oficial
Artículo 16. Las Personas Servidoras Públicas deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por la Secretaría y los Órganos internos de control de los poderes y órganos autónomos, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño. El código de ética a que se refiere el párrafo anterior, deberá hacerse del conocimiento de las Personas Servidoras Públicas, así como darle la máxima publicidad y mediante la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.