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Artículo 210 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un funcionario público y te acusan de una falta administrativa no grave (algo como un error o descuido en tu trabajo), tienes derecho a pelear la decisión. Puedes pedir una revisión de tu caso ante la misma autoridad que te sancionó, pero solo tienes 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) desde que te notificaron oficialmente. A esto se le llama "recurso de revocación". Si después de esa revisión no estás de acuerdo con el resultado, aún puedes llevar tu caso a un tribunal especial, iniciando un "juicio contencioso administrativo".

Texto oficial

Artículo 210. Las Personas Servidoras Públicas que resulten responsables por la comisión de Faltas administrativas no graves en los términos de las resoluciones administrativas que se dicten conforme a lo dispuesto en el presente Título por La Secretaría o los Órganos internos de control, podrán interponer el recurso de revocación ante la autoridad que emitió la resolución dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación respectiva. Las resoluciones que se dicten en el recurso de revocación serán impugnables ante el Tribunal, vía el juicio contencioso administrativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.