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Artículo 4 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes son los que tienen que cumplir con esta ley. Primero, están los servidores públicos, como policías, maestros de escuela pública o cualquier persona que trabaje para el gobierno. Segundo, también aplica para quienes ya fueron servidores públicos, si hicieron algo malo que la ley castiga. Por último, los ciudadanos comunes (particulares) también entran si están metidos en una falta administrativa grave, como sobornar a un funcionario. En pocas palabras, esta ley vigila a funcionarios, exempleados del gobierno y cualquier persona que cometa una falta grave.

Texto oficial

Artículo 4. Son sujetos de esta Ley: I. Las Personas Servidoras Públicas; II. Aquellas personas que habiendo fungido como Personas Servidoras Públicas, se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley, y III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.