Artículo 40 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres servidor público y alguien te regala o te ofrece prestarte algo (como un coche, una casa o cualquier otra cosa) solo por el hecho de estar en tu puesto, tienes que avisar de inmediato a la Secretaría o al Órgano interno de control. Si ya aceptaste el bien, debes entregarlo a las autoridades que se encargan de administrar o vender bienes del gobierno. No puedes quedártelo ni usarlo, aunque te lo hayan dado sin pedirlo. Esto aplica para cualquier cosa que te ofrezcan por tu trabajo.
Texto oficial
Artículo 40. En caso de que las Personas Servidoras Públicas, sin haberlo solicitado, reciban de un particular de manera gratuita la transmisión de la propiedad o el ofrecimiento para el uso de cualquier bien, con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo inmediatamente a La Secretaría, al Órgano interno de control. En el caso de recepción de bienes, las Personas Servidoras Públicas procederán a poner los mismos a disposición de las autoridades competentes en materia de administración y enajenación de bienes públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.