Artículo 71 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 71 dice que cualquier persona que no sea servidor público (como un ciudadano, empresa o contratista) comete un delito si usa dinero, materiales o personal del gobierno para fines distintos a los autorizados. Por ejemplo, si te dan fondos para construir una escuela y los usas para comprar un coche, eso está mal. Además, también es ilegal si recibes esos recursos y luego no presentas los comprobantes que demuestren en qué los gastaste.
Texto oficial
Artículo 71. Será responsable por el uso indebido de recursos públicos el particular que realice actos mediante los cuales se apropie, haga uso indebido o desvíe del objeto para el que estén previstos los recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, cuando por cualquier circunstancia maneje, reciba, administre o tenga acceso a estos recursos. También se considera uso indebido de recursos públicos la omisión de rendir cuentas que comprueben el destino que se otorgó a dichos recursos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.