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Artículo 101 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral es el que se encarga de hacer la boleta para las votaciones. Tiene que ponerse de acuerdo para que todas las boletas se vean iguales en todo el país y tengan medidas de seguridad, como sellos o marcas especiales, para que nadie pueda falsificarlas. Así, todas las boletas serán iguales y a prueba de trampas.

Texto oficial

Artículo 101. El Instituto Electoral diseñará la boleta que reúna las características y los candados de seguridad necesarios que impidan su falsificación y que de manera homogénea sea utilizada en la elección de todas las unidades territoriales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.