Artículo 144 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada vez que se haga una Audiencia Pública, el Gobierno de la Ciudad tiene que subir un registro de lo que pasó a su plataforma digital, para que cualquier persona pueda consultarlo. La gente encargada de publicar esa información debe cuidar tus datos personales, como tu nombre o dirección, para que no se usen de manera incorrecta. Esto lo tienen que hacer siguiendo lo que dice la Ley de Protección de Datos, que es la que protege tu privacidad. En pocas palabras, todo queda en internet, pero sin que se expongan tus datos personales.
Texto oficial
Artículo 144. Para cada Audiencia llevada a cabo se efectuará un registro público en la plataforma digital del Gobierno de la Ciudad. Los responsables de la publicación de la información en la plataforma digital tutelarán la protección de datos personales en términos de lo que establece la Ley en la materia. CAPÍTULO II DE LA CONSULTA PÚBLICA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.