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Artículo 150 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el dinero del presupuesto público no se puede usar para hacer propaganda o mejorar la imagen de funcionarios, políticos, diputados, senadores o candidatos a puestos de elección popular. O sea, el gobierno no puede gastar recursos en anuncios o campañas que pongan bonitos a estos personajes. Está prohibido usar el dinero de todos para promocionar a alguien en específico.

Texto oficial

Artículo 150. En ningún caso los recursos presupuestarios se utilizarán con fines de promoción de imagen de personas servidoras públicas, partidos políticos, legisladores, legisladoras o personas candidatas a un cargo de elección pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.