Artículo 178 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de la Contraloría va a informar cada cierto tiempo cuántas personas participan en la Red y los resultados de las revisiones que hagan. Lo dará a conocer por los medios que ella misma elija, como internet, periódicos o avisos oficiales. Así, cualquier persona podrá enterarse de cómo va el trabajo de supervisión y vigilancia.
Texto oficial
Artículo 178. La Secretaría de la Contraloría dará a conocer periódicamente, a través de los medios que ésta considere pertinentes, el número de participaciones de las personas que integran la Red, así como resultado de las actividades de supervisión y vigilancia que realicen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.