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Artículo 80 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para invitar a una Asamblea Ciudadana, tienen que poner avisos en lugares donde pase mucha gente de esa zona, y también en la página del Instituto. El aviso debe incluir: los temas que se van a tratar (la agenda), la dirección, fecha y hora, el nombre y cargo de los que organizan, y a quiénes más invitan (como dependencias u organizaciones), explicando por qué los llamaron y qué van a hacer ahí.

Texto oficial

Artículo 80. La convocatoria a la Asamblea Ciudadana deberá ser abierta, comunicarse por medio de avisos colocados en lugares de mayor afluencia de la unidad territorial y de la Plataforma del Instituto y deberá contener por lo menos: I. La agenda de trabajo propuesta por la persona convocante; II. El lugar, fecha y hora en donde se realizará la asamblea; III. El nombre y cargo de quienes convocan; y IV. Las personas, dependencias y organizaciones a las que se invitará a la sesión por razones de la agenda propuesta, especificando el carácter de su participación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.