Artículo 91 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que forman parte de la Comisión de Participación Comunitaria tienen que cumplir con varias obligaciones: deben promover que la gente participe y consultar a los vecinos de su zona. También tienen que asistir a las juntas, cumplir los acuerdos y seguir las decisiones de la Asamblea Ciudadana. Además, deben participar en los grupos de trabajo, informar a los vecinos sobre lo que hacen y fomentar cursos sobre participación ciudadana. Finalmente, tienen que registrar todas sus actividades en la plataforma del Instituto para que todo sea claro y transparente.
Texto oficial
Artículo 91. Son obligaciones de las personas integrantes de la Comisión de Participación Comunitaria: I. Promover la participación ciudadana; II. Consultar a las personas habitantes de la unidad territorial; III. Cumplir las disposiciones, acuerdos y asistir a las sesiones de pleno de la Comisión de Participación Comunitaria a la que pertenezcan; IV. Asistir a las sesiones de la Asamblea Ciudadana, acatar y ejecutar sus decisiones; V. Participar en los trabajos de las coordinaciones o áreas de trabajo a las que pertenezcan; VI. Informar de su actuación a las personas habitantes de la unidad territorial; VII. Fomentar la capacitación en materia de participación ciudadana y comunitaria; VIII. Registrar sus actividades, documentos, encuentros, propuestas y votaciones por medio de la Plataforma del Instituto para dotar de visibilidad y transparencia los procesos del órgano; y IX. Las demás que esta y otras disposiciones jurídicas les señalen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.