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Artículo 92 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral va a crear un reglamento donde va a decir cómo deben trabajar las Comisiones de Participación Comunitaria. Ahí va a explicar las razones por las que alguien puede ser quitado de su cargo y cómo resolver los pleitos o desacuerdos que surjan dentro de esas comisiones. Esto sirve para que todo esté ordenado y haya reglas claras al momento de tomar decisiones o solucionar problemas.

Texto oficial

Artículo 92. El Instituto Electoral emitirá un reglamento para el funcionamiento interno de las Comisiones de Participación Comunitaria, en el cual se debe determinar las causales de remoción y el proceso de solución de conflictos dentro de las Comisiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.