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Artículo 97 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral es el que se encarga de organizar y coordinar todo el proceso para elegir a las Comisiones en cada zona del territorio. Ellos, a través de sus áreas internas, sacan la invitación pública para participar, manejan el registro de candidatos, preparan y reparten las boletas y los materiales necesarios para el día de la votación. También se encargan de publicar los resultados finales en cada lugar donde se hizo la elección. En pocas palabras, es como si el Instituto Electoral fuera el encargado de todo el "show" de la votación.

Texto oficial

Artículo 97. La coordinación y organización del proceso de elección de dichas Comisiones en cada demarcación territorial será realizada por el Instituto Electoral. El Instituto Electoral a través de sus órganos internos se encargará de expedir la convocatoria, de instrumentar el proceso de registro, elaboración y entrega de material y documentación para la jornada electiva y de la publicación de los resultados en cada unidad territorial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

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