LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple · página 2
- Art. 199El gobierno de la Ciudad va a crear una página web o app especial donde puedas participar en las decisiones de tu colonia, alcaldía o la ciudad. Ahí vas a poder opinar, proponer ideas o votar sobre cosas que te importan a ti y a tu comunidad. Esta plataforma es para que el gobierno cumpla con lo que dice esta ley sobre escuchar a la gente. Así, desde tu casa o tu celular, puedes aportar sin necesidad de ir a una oficina.
- Art. 200El artículo 200 dice que una oficina específica del Gobierno de la Ciudad, la encargada de tecnología, va a crear, mantener al día y manejar la plataforma digital oficial. Esa plataforma es como el sitio web o la app donde puedes hacer trámites o consultar información. En pocas palabras, no cualquier área del gobierno puede meter mano ahí, solo el equipo de tecnologías es el responsable. Así te aseguras de que funcione bien y esté actualizada.
- Art. 201El área del gobierno encargada de la tecnología tiene que conseguir y mantener los servidores, el internet y todo el equipo necesario para que funcione la plataforma digital de la Ciudad de México. Esto incluye que la plataforma tenga un lugar donde guardar su información y pueda operar sin problemas. Básicamente, es la que se asegura de que los sistemas en línea del gobierno estén disponibles y funcionen bien.
- Art. 202El jefe de Gobierno de la Ciudad puede prestar la plataforma digital oficial del gobierno a las autoridades que se encargan de aplicar esta ley, para que la usen en lo que sea necesario. Esto significa que pueden compartir el sistema o página web del gobierno para facilitar su trabajo. Solo aplica para lo que dice esta ley, no para otras cosas.
- Art. 203El artículo 203 del Decreto dice que el gobierno de la Ciudad puede pedir, juntar o guardar tus datos personales solo si sigue las leyes que lo permiten, pero no puede usar esos datos para temas de elecciones o votaciones. Los transitorios explican que esta ley comienza a aplicarse justo cuando se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y a partir de ese momento deja de valer la ley anterior de participación ciudadana y todas las reglas que la contradigan. También menciona que los comités y consejos de participación ciudadana que ya existen seguirán funcionando hasta que se formen los nuevos, y que una elección de presupuestos participativos y comisiones se hará el 15 de marzo de 2020, con la convocatoria en noviembre de 2019. Además, la plataforma digital del gobierno debe estar lista dentro de 45 días después de esa convocatoria.