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Artículo 29 de la LEY DE ARCHIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, dependencias y oficinas deben hacer un plan de trabajo para organizar bien sus archivos y mantener su sistema de documentos en orden. Ese plan tiene que considerar cómo evitar riesgos, proteger los derechos humanos, promover la igualdad entre hombres y mujeres, incluir a todas las personas sin discriminar, y también asegurarse de que la información esté disponible de manera proactiva, es decir, que se comparta sin que nadie tenga que pedirla.

Texto oficial

Artículo 29. El programa anual contendrá los elementos de planeación, programación y evaluación para el desarrollo de los archivos y de su Sistema Institucional; deberá incluir un enfoque de administración de riesgos, derechos humanos, perspectiva de género, igualdad, inclusión y no discriminación y de otros derechos que de ellos deriven, así como de apertura proactiva de la información.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.