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Artículo 9 de la LEY DE ARCHIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los documentos que se hagan siguiendo lo que dice el artículo 8 se consideran documentos oficiales, como si fueran papeles del gobierno. Esto significa que tienen validez legal y se pueden usar para trámites o como prueba. No importa si los hizo una persona o una empresa, siempre y cuando cumplan con las reglas. En pocas palabras, son papeles que la ley reconoce como auténticos y formales.

Texto oficial

Artículo 9. Los documentos producidos en los términos del artículo anterior son considerados documentos públicos de conformidad con las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.