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Artículo 43 de la LEY QUE REGULA EL USO DE TECNOLOGÍA PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, para que todos estemos más prevenidos, las autoridades de seguridad de la Ciudad de México tienen que andar publicando siempre los datos actualizados de los delitos que ocurren, y decir claramente cuáles son las zonas y colonias más peligrosas. Además, junto con esa información, deben dar consejos prácticos sobre cómo puedes cuidarte tú mismo para evitar ser víctima de un delito.

Texto oficial

Artículo 43.- Para contribuir a la formación de una cultura preventiva en la población de la Ciudad de México, las Instituciones de Seguridad Ciudadana difundirán de manera permanente y actualizada, los índices delictivos y las zonas y colonias más peligrosas, acompañando dicha información con recomendaciones específicas para la autoprotección. Artículo reformado G.O. CDMX 27/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.