Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 44 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los mediadores privados (personas autorizadas para ayudar a resolver conflictos sin ir a juicio) deben llevar un cuaderno especial llamado "libro de registro" donde anoten, por orden de números, los datos de cada caso que atiendan. En ese libro escriben los nombres de las personas involucradas, qué tipo de mediación hicieron, cuántas sesiones tuvieron y que el acuerdo final se firmó de forma privada frente al mediador y registrado por el Centro. Además, junto al libro deben guardar los documentos que demuestren que dieron la orientación inicial, el acuerdo de confidencialidad, los honorarios, el convenio firmado y otros papeles que pida la ley. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 44. Los mediadores privados llevarán un registro de las mediaciones que conduzcan en un libro que denominarán de registro, en el que asentarán por numeración progresiva una razón que contendrá invariablemente los nombres de los mediados, el tipo de servicio de mediación, el número de sesiones de mediación y la mención de que el convenio fue celebrado de manera privada, ante su fe y registrado por el Centro en los términos previstos por esta Ley. Anexo al registro deberán adjuntarse las constancias que comprueben que se les orientó debidamente en pre-mediación a los mediados, el escrito de autonomía, el convenio de confidencialidad, el convenio de honorarios, el ejemplar del convenio y demás documentación que el mediador privado considere pertinente, o deba constar agregado por disposición de esta Ley o las Reglas. El libro de registro y los documentos anexos deberán llevarse con las formalidades previstas en esta Ley y las Reglas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.