Artículo 58 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO COMO CIUDAD DIGITAL Y DEL CONOCIMIENTO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno va a destinar dinero para crear y mantener fondos especiales que paguen las actividades relacionadas con la Agenda, siguiendo las reglas que ya existen. También pueden entrar empresas privadas a colaborar sin que eso afecte el dinero público. En pocas palabras, el gobierno pone recursos y las empresas pueden sumarse, pero sin reemplazar lo que el gobierno ya comprometió.
Texto oficial
Artículo 58.- A través de Administración Pública y de acuerdo con la normatividad aplicable se asignarán los recursos para la creación y operación de fondos destinados a financiar la realización de las actividades directamente vinculadas a la Agenda, sin perjuicio de esquemas de participación público-privada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.