Artículo 30 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser consejero o consejera necesitas tener experiencia o saber bien cómo se defienden y promueven los derechos humanos, o haber trabajado como periodista. También debes saber cómo evaluar los riesgos que corren los defensores de derechos humanos y los periodistas, y cómo protegerlos. Además, tienes que tener perspectiva de género, que es considerar cómo los problemas afectan distinto a hombres y mujeres. Y algo muy importante: no puedes tener un trabajo como servidor público, es decir, no puedes trabajar para el gobierno.
Texto oficial
Artículo 30.- Las personas consejeras deberán tener experiencia o conocimiento en la defensa y promoción de los derechos humanos o en el ejercicio del periodismo, y conocimiento en evaluación de riesgos y protección de personas defensoras de derechos humanos o periodistas, así como perspectiva de género, y no deberán desempeñar ningún cargo como servidora o servidor público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.