Artículo 60 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) deben dar a conocer y valorar públicamente el trabajo de los defensores de derechos humanos, los periodistas y quienes colaboran con ellos, porque su labor ayuda a que haya un país más democrático. También tienen la obligación de condenar, investigar, atender y castigar cualquier ataque que reciban estas personas, cada quien dentro de lo que le toca hacer según su área. En otras palabras, el gobierno debe cuidarlos y no dejar pasar las agresiones.
Texto oficial
Artículo 60.- Los Entes Públicos del Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el reconocimiento público y social de la importante labor de las personas defensoras de derechos humanos, periodistas y colaboradoras periodísticas, para la consolidación del Estado democrático de derecho, y condenarán, investigarán, atenderán, sancionarán y se pronunciarán al respecto de las agresiones de las que sean objeto, de conformidad al ámbito de sus respectivas competencias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.