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Artículo 69 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para presentar una queja, la tienes que hacer por escrito y firmada, o también puedes usar un medio electrónico que funcione, como un correo o un sistema en línea. La queja se entrega al Consejo de Evaluación de Medidas o a la Dirección, y debes explicar claramente cuáles son los riesgos o daños que tú o la persona beneficiaria están sufriendo. Además, tienes que incluir las pruebas que tengas, como documentos, fotos o mensajes. Así de simple: escribe qué pasó, por qué está mal, y adjunta lo que compruebe tu dicho.

Texto oficial

Artículo 69.- La queja se presentará por escrito, debidamente firmada, o por cualquier otro medio electrónico idóneo ante el Consejo de Evaluación de Medidas o ante la Dirección, y deberá contener una descripción concreta de los riesgos, posibles agravios o agravios que se generan a la persona peticionaria o beneficiaria y las pruebas con que se cuente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.