Artículo 72 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu queja viene por los resultados de un primer estudio de riesgo (que es como un análisis para saber qué tanto peligro corres), el Consejo de Evaluación de Medidas va a pedir que personas distintas a las que hicieron el primer estudio hagan un nuevo análisis. Este nuevo estudio lo tienen que entregar en un plazo máximo de 10 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días festivos). Si después de ese segundo estudio todavía no estás de acuerdo con el resultado, entonces se encargará a un equipo totalmente aparte y sin vínculos con el caso que haga otro estudio, también en 10 días hábiles. En cualquiera de los dos pasos, los resultados se revisan y se toman decisiones en la siguiente junta del Consejo.
Texto oficial
Artículo 72.- En caso de que el origen de la queja devenga el resultado del Estudio de Evaluación de Riesgo, se seguirá el siguiente procedimiento para resolverla: I. El Consejo de Evaluación de Medidas, a través de la Dirección, solicitará a su personal un nuevo estudio de evaluación de riesgo en el cual dé respuesta a la queja planteada. Dicho estudio deberá ser realizado por personal que no haya participado en el primer Estudio de Evaluación de Riesgo y deberá entregar los resultados en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir del día en el cual se solicita su realización. II. Si la queja persiste se solicitará que el Consejo de Evaluación de Medidas comisione un Estudio de Evaluación de Riesgo independiente para el análisis del caso. Los resultados de éste Estudio deberán ser entregados en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir del día en el cual se solicita su realización. III. En los casos de las fracciones anteriores, el análisis de los resultados del estudio, y en su caso la adopción de medidas, deberán ser realizados en la siguiente sesión del Consejo de Evaluación de Medidas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.