Artículo 129 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Jefe de Gobierno tiene estas responsabilidades principales sobre la cosecha de agua de lluvia: primero, puede ordenar a la Secretaría y al Sistema de Aguas que hagan estudios, investigaciones y reportes sobre el tema. Segundo, debe hacer públicos los resultados de esas investigaciones y luego invitar a empresas y a la sociedad a participar en la creación y mejora del programa general. Tercero, tiene que enviar ese programa y cualquier cambio a la Asamblea para que lo revisen, corrijan y aprueben. Y cuarto, puede firmar acuerdos con el gobierno federal, estatal o municipal para trabajar juntos, siempre pensando en el cuidado del medio ambiente en la Ciudad de México y su zona metropolitana.
Texto oficial
ARTÍCULO 129.- El Jefe de Gobierno, además de las que le confieran la Ley Orgánica y otras disposiciones jurídicas, tiene como atribuciones las siguientes: I. Instruir a la Secretaría y al Sistema de Aguas la planificación, diseño, formulación, elaboración, coordinación y difusión de estudios e investigaciones, diagnósticos, pronósticos y reportes científicos y tecnológicos en materia de cosecha de agua de lluvia; II. Impulsar, previa difusión pública de los resultados de las investigaciones, diagnósticos, pronósticos y reportes científicos y tecnológicos, la participación de los sectores privado y social en la definición, formulación, elaboración, ejecución, evaluación y modificaciones del Programa General y sus Subprogramas; III. Remitir a la Asamblea el Proyecto de Programa General y sus Subprogramas, las propuestas de modificaciones y cancelaciones, para su análisis, correcciones, complementos y aprobación; y IV. Celebrar convenios de coordinación de acciones en materia de cosecha de agua de lluvia, con las dependencias del Poder Ejecutivo Federal, con los gobiernos estatales o municipales, con una perspectiva de desarrollo sustentable e integral de la cuenca de México y metropolitano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.